Caixabank debe de pagar a los inversores que adquirieron bonos AISA en Bankpime

La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, dictada en fecha 23 de noviembre de 2018, sentencia nº 667/2018 de la cual fue ponente el Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena, ha zanjado definitivamente el largo periplo por los tribunales de los pequeños inversores que en su día confiaron en las recomendaciones realizadas a sus clientes por un banco llamado Bankpyme,  en el ya lejano año de 2006. La justicia les ha dado la razón y desde el bufete de abogados Quercus Jurídico, experto en derecho bancario, hemos conseguido que cientos de bonistas que habían dado por perdida su inversión realizada en “bonos AISA 5% 2006”, puedan recuperar su dinero, con sus correspondientes intereses desde el momento en que se realizó la adquisición de ese producto tóxico bancario. La conclusión de la sentencia es que Caixabank ha de devolverles sus ahorros y con el pago de las costas judiciales

 

 

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