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España dispondrá hasta el 16 de diciembre de 2021 para trasponer la Directiva Europea de Protección del Denunciante

La nueva Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones, fue publicada ayer, 26 de noviembre, por el Diario Oficial de la Unión Europea.

Esta Directiva entrará en vigor el próximo 17 de diciembre de este año, en apenas 21 días, en la que España, dispondrá del plazo a partir de dicha publicación, de dos años para poder transponerla al ordenamiento jurídico español.

Con esta Directiva se pretende, establecer canales de protección a aquellos que saquen a la luz situaciones irregulares de empresas privadas y organismos públicos a través de las denuncias, así como prohibir cualquier represaría contra ellos. También se pretende, intentar acabar con la pérdida que supone su no protección. Ya que, conforme al estudio que realizó la Comisión en el año 2017, la no protección de los que denuncian la corrupción, conocidos como “whistleblowers” en la terminología inglesa, provoca pérdidas anualmente de entre 5.800 y 9.600 millones de euros en el ámbito de la contratación pública en la Unión Europea.

La Comisión manifiesta que, los denunciantes tienen un rol importante en las investigaciones y sanciones de aquellos que incumplen las leyes, además de poder ayudar también a los periodistas para que puedan obtener información relevante para llevar a cabo su labor. Sin embargo, estos denunciantes sufren una repercusión en lo laboral y también en lo personal, al sufrir daños en su reputación y problemas de salud.

De acuerdo con la encuesta Global Business Ethics de 2016, manifiesta que, un 36% de aquellos trabajadores que hicieron públicas dichas irregularidades alegaron haber sufrido algún tipo de represalia.

Con esta Directiva, se establece un proceso de denuncias formado por tres niveles:

  1. Previsión de denuncia en las vías internas de la organización
  2. Si no se consigue, denuncia ante las autoridades competentes
  3. Si no se toman medidas o en caso de existir peligros inminentes, se prevé la utilización de los medios de comunicación

Esta propuesta de la Comisión pretende dar protección a los denunciantes sobre asuntos relacionados con:

  • Las compras públicas, la protección ambiental, la protección a los consumidores, los servicios financieros, el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, la seguridad del transporte, , la seguridad nuclear, la seguridad alimentaria, la salud de los animales, la salud pública, , la protección y la seguridad de los datos y sistemas de información, y las regulaciones tributarias e intereses financieros de la UE.

De acuerdo con el presidente de la Asociación Mediterránea de Peritos de las TIC (ASPERTIC), Josep Jover, quién participó en su elaboración realizando propuestas, “el Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece en su jurisprudencia que una Directiva tendrá un efecto directo si sus disposiciones son incondicionales y suficientemente claras y precisas y cuando el país de la UE no haya transpuesto la Directiva antes del plazo correspondiente. Eso es lo que dice la Van Duyn, manifiesta, alegando además que, “los países que forman parte de la Unión Europea están obligados a aplicar las Directivas. Esa es la síntesis de la Ratti”.

Y que, “un día después de que la Directiva de protección de los denunciantes de corrupción entre en vigor, en el día 21, podrá ser invocada ante cualquier tribunal español por cualquier denunciante o «whistleblower», como se les conoce en Europa. Y los jueces tendrán que aplicarla, aunque no haya sido traspuesta al sistema legal de nuestro país”.  Finalizando que, “ha costado mucho pero ya está aquí. La Directiva supera con creces la proporción de ley Ciudadanos”.

FUENTE: ECONOMIST & JURIST

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