Autor: acoma

Calcula cuánto podrás recuperar si Europa condena el IRPH mañana: hasta 25.000 euros de media

En caso de sentencia favorable, los afectados podrían reclamar

Lo que decidirá el TJUE, en concreto, es si el IRPH, un índice al que están ligadas cerca de un millón de hipotecas vigentes en España, debe ser sometido al control de transparencia. En caso de que los magistrados europeos sentencien que sí debe superarlo, los jueces españoles podrían declarar abusiva su aplicación en aquellos contratos hipotecarios en los que los bancos lo incluyeron sin explicar al cliente en qué consistía esta referencia y cuál era su método de cálculo. Por lo tanto, los afectados podrían recuperar todo lo pagado de más por esta tasa.

Desde el comparador bancario HelpMyCash.com han elaborado una calculadora gratuita de IRPH con la que se puede saber cuánto se podría recuperar en caso de que este índice fuera declarado abusivo por falta de transparencia. Ahora bien, esta compañía advierte de que la cantidad por reclamar sería mayor o menor dependiendo de cómo se recalcularan las cuotas ya abonadas: con un interés del 0%, con un tipo equivalente al diferencial o con el euríbor en vez de con el IRPH.

Imaginemos, por ejemplo, que un afectado hubiera firmado una hipoteca media de 150.000 euros a 25 años hace una década, con un interés de IRPH más 0,25%. Si el interés del préstamo pasara a ser del 0% tras la sentencia, la suma que podría recuperar sería de casi 25.000 euros. Si el tipo aplicado fuera el diferencial (0,25%), esa cantidad sería de unos 22.000 euros, mientras que si se sustituyera el IRPH por el euríbor y se mantuviera el diferencial, ese cliente podría reclamar casi 18.000 euros a su banco.

En la propia sentencia del TJUE podría indicarse cuál sería el escenario válido, aunque si no lo hiciera, esa decisión recaería en el sistema judicial español. En cualquier caso, un fallo favorable a los consumidores costaría mucho dinero a la banca: según Goldman Sachs, las entidades tendrían que devolver a los afectados por el IRPH un total de entre 7.000 y 44.000 millones de euros. Eso, junto a los 1.600 millones de euros que podrían tener que reembolsar, según Barclays, si el Supremo declara abusivas las tarjetas de crédito revolving (el otro gran frente que tiene abierto actualmente la banca), provocaría un agujero importante en las cuentas de las entidades, que podrían tratar de recuperar esas sumas mediante el encarecimiento de sus productos financieros (hipotecas, préstamos al consumo, cuentas…).

Si el TJUE falla a favor de la banca, aún se puede eliminar el IRPH

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, también podría sentenciar que el IRPH no debe estar sujeto al control de transparencia, dado que se trata de una referencia considerada oficial publicada periódicamente en el Boletín Oficial del Estado e inscrita dentro de las condiciones generales del contrato hipotecario. Esa es, de hecho, la postura del Tribunal Supremo español, que se dio a conocer en un fallo de diciembre de 2017.

Con una sentencia así, este índice ya no podría considerarse abusivo, por lo que los hipotecados que lo tuvieran en su hipoteca no podrían reclamar judicialmente su eliminación ni la devolución del dinero pagado de más. De todos modos, desde HelpMyCash.com afirman que existen otras maneras de deshacerse del IRPH sin necesidad de pasar por los tribunales, aunque no de recuperar lo abonado en intereses por su aplicación.

La primera consistiría en pactar con el banco para sustituir el IRPH por otra referencia (como el euríbor) o para pasarse a un tipo fijo, lo que se conoce como novación. Si la entidad no lo aceptara, se podría trasladar el préstamo a otra que sí lo hiciera mediante una subrogación de acreedor. Y si ambas opciones fallaran, la alternativa sería contratar una nueva hipoteca fija o ligada al euríbor para cancelar la existente.

Todas estas operaciones costarían dinero, pero ese precio se amortizaría pronto con el ahorro obtenido tras la supresión de este polémico índice. En ese sentido, desde el comparador calculan que con una hipoteca media de 150.000 euros a euríbor se pagan unos 1.000 euros menos al año que con una ligada al IRPH.

 

 

Fuente:Economsit & Jurist

 

 

LEGISLACIÓN6 de marzo de 2020: fecha límite para adaptarse al nuevo plan de Igualdad del Gobierno

El año 2020 será de cambios para las empresas españolas que cuenten con más de 150 trabajadores, que estarán obligadas a crear un plan de igualdad entre sus empleados. La fecha límite para presentar este plan será el 6 de marzo de 2020. Así, las empresas con más de 100 empleados tendrán más tiempo, en concreto un año, para confeccionar y aplicar este plan.

Fuente legal para la aplicación de este Plan de igualdad

El Real Decreto Ley 6/2019, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, introduce sendas modificaciones que aspiran a consumar una verdadera igualdad material entre géneros en lo concerniente al ámbito laboral.

En concreto, el citado Real Decreto-Ley emana de lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, precepto en el que se disponía que las empresas que contaran con menos de 250 trabajadores, también tendrían que aprobar y aplicar un Plan de igualdad.

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Pronóstico inmobiliario 2020 NYC: los compradores intercambian, los inquilinos pierden ventaja y los vendedores … ¿renuncian?

Se podría decir que un rayo cayó dos veces en el mercado inmobiliario de la ciudad de Nueva York en 2019: primero en la forma de las reformas de alquiler históricas de Nueva York y nuevamente con una pila de condominios de lujo. Como resultado, el poder cambió de dos maneras significativas: de propietarios a inquilinos, y de vendedores a compradores.

Quizás se pregunte si esta es la nueva normalidad o si estas tendencias se revertirán.

Brick Underground desglosa lo que necesita saber para alcanzar sus objetivos inmobiliarios para 2020, ya sea  comprar, vender o alquilar un nuevo lugar. Nuestro pronóstico para 2020 se divide en las secciones correspondientes, por lo que si tiene poco tiempo, continúe y pase a la sección que sea relevante para usted.

Pero también debe tener en cuenta que los compradores, vendedores y sí, inquilinos de la ciudad de Nueva York, ahora son más interdependientes que nunca. Por lo tanto, recomendamos leer el pronóstico completo para comprender mejor cómo funcionan los bienes raíces aquí y cómo un cambio en un área afecta a todo el sistema.

Para lo que usted como inquilino, comprador o vendedor en Nueva York puede esperar en los próximos meses, siga leyendo.

Que esperar si eres un inquilino

Si es un inquilino, probablemente esté encantado con el nuevo cambio en la dinámica del poder, gracias a la Ley de Estabilidad de Vivienda y Protección del Inquilino aprobada en junio del año pasado. Estos cambios históricos en las leyes de alquiler del estado cambiaron el terreno debajo de los propietarios, otorgando a los inquilinos con tasas de mercado estabilizadas y nuevas protecciones, incluida la prohibición de solicitar a los posibles inquilinos el «alquiler del último mes» además de un depósito de seguridad.

Como era de prever, los propietarios dicen que las nuevas leyes van demasiado lejos. Están buscando deshacer parte de la legislación argumentando que no pueden hacer lo suficiente para mantener sus edificios, a pesar de ver alquileres récord.

No hay señales de que los alquileres de Nueva York caigan en 2020

Y puede contar con que los alquileres de Nueva York sigan aumentando en 2020 porque hay mucha competencia por los apartamentos, y puede culpar al pobre mercado de ventas por eso. Durante la mayor parte de 2019, los posibles compradores estaban «acampando» en el mercado de alquiler, dice Jonathan Miller, presidente y CEO de la firma de tasación Miller Samuel .

3 de marzo de 2020, fecha clave para inversores y letrados: el TJUE dará a conocer la sentencia definitiva sobre el índice IRPH de los préstamos hipotecarios pudiendo crear un nuevo macropleito

Será un día importante para bancos y consumidores. Cerca de un millón de hogares estarán pendientes del dictamen del TJUE. La falta de transparencia en los contratos de los préstamos llevó a distintas organizaciones y consumidores, que estaban pagando de más en sus hipotecas, a una lucha que culminará con esta sentencia y, aunque el Tribunal Supremo no les dio la razón, avalando el uso del IRPH en 2017, se presentó posteriormente ante el Tribunal de Justicia Europeo, que en marzo se pronunciará sobre este tema.

Los consumidores llegan ya con un respaldo institucional antes de la sentencia, ya que la Comisión Europea publicó un informe el pasado año en el que pedía al TJUE que dictaminase en contra del sistema por el que se aplicaba el IRPH al entender que la transparencia no era la debida.

 

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Compliance ante los planes de igualdad del Gobierno

Bien es conocida la creciente relevancia de la figura del compliance officer en el seno de la empresa. Si el mercado avanza a ritmo de crucero bajo las exigencias del mercado internacional y la globalización, que requieren de una figura experta para el cumplimiento normativo y el blindaje legal ante diferentes disquisiciones, ahora hay que añadir las imposiciones legales que los distintos gobiernos imponen a la empresa, algo que intensifica la demanda de expertos en compliance.

Y es que este año 2020 será de cambios para las empresas españolas que cuenten con más de 150 trabajadores, que estarán obligadas a crear un plan de igualdad entre sus empleados. La fecha límite para presentar este plan será el 6 de marzo de 2020. Así, las empresas con más de 100 empleados tendrán más tiempo, en concreto un año, para confeccionar y aplicar este plan. Serán los expertos en compliance los encargados de diseñar el encaje legal en su empresa de esta medida.

Obligatoriedad del Plan de Igualdad, necesidad de expertos en compliance

El Real Decreto Ley 6/2019, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, introduce sendas modificaciones que aspiran a consumar una verdadera igualdad material entre géneros en lo concerniente al ámbito laboral.

 

 

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Paraísos fiscales: la UE actualiza la lista de territorios no cooperadores

Después de que en el pasado mes de noviembre de 2019 se produjera una actualización de los países y territorios no cooperadores en materia fiscal, ahora se vuelve a actualizar la lista con cuatro países más: Islas Caimán, Palaos, Panamá y Seychelles).

Han sido los ministros de Finanzas de la Unión Europea -a través del Consejo de la Unión Europea- quienes se encargaron de actualizar la lista de los países considerados como no colaboradores en materia fiscal, es decir, calificados como paraísos fiscales. A los países ya incluidos en la lista (Fiyi, Guam, Omán, Samoa, Samoa Americana, Trinidad y Tobajo, Vanuatu e Islas Vírgenes de Estados Unidos) se suman Islas Caimán, Palaos, Panamá y Seychelles.

Cabe destacar que algunos de los países que formaban parte de la lista en 2019 ya no constan en esta lista, habiendo estos asumido las normas de buena gobernanza fiscal. El último país en salir de esta lista fue Belice, el pasado 8 de noviembre de 2019.

 

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Nulidad por cláusulas abusivas de afianzamiento solidario y vencimiento anticipado en los préstamos personales

Autor: Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández Abogado. Socio Director del bufete  Quercus- Superbia Jurídico. Experto en Derecho Bancario.

Como consecuencia de las campañas de prensa y de los continuos anuncios de múltiples despachos de abogados acerca de la reclamación de la nulidad de las cláusulas abusivas de los préstamos hipotecarios concedidos por los bancos a los consumidores, sobre todos las cláusulas suelo y las de gastos de la hipoteca, se nos ha hecho que no reparemos en que pueden existir otras cláusulas de los préstamos hipotecarios, nulas por abusivas, como pueden ser las de vencimiento anticipado o de afianzamiento solidario, a veces, tan perjudiciales para el consumidor como las cláusulas suelo o las de los gastos hipotecarios.

Parece que no hemos reparado que, en el mundo financiero, existen otros tipos de préstamos, distintos a los hipotecarios, que contemplan estás cláusulas abusivas y que igualmente perjudican al consumidor. Los más comunes son los préstamos personales bancarios.

Estos préstamos, concedidos por los bancos, con cláusulas preimpresas y que se contratan, generalmente en masa. Contienen un increíble número de cláusulas abusivas, entre las que se encuentran las antes referidas de vencimiento anticipado y de afianzamiento solidario

 

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Comidas de trabajo: el TS entiende que es la Administración quien debe demostrar la exclusión de exoneración de tales dietas

Es muy frecuente que los trabajadores reciban dietas por gastos de comidas, transporte o alojamiento. Estos pagos no tributan por IRPF siempre y cuando se pueda demostrar que el gasto se ha realizado y que está relacionado con la actividad laboral.

Hasta la fecha, Hacienda ha realizado frecuentes inspecciones a los trabajadores para verificar que esos gastos realmente se han producido y que están relacionados con la actividad laboral.

Una Sentencia del Tribunal Supremo emitida el pasado 29 de enero, obliga a Hacienda a cambiar su forma de proceder ante tales comprobaciones. Dicha Sentencia establece que a partir de ahora Hacienda deberá acudir a la empresa y no al trabajador para probar la realidad del desplazamiento y demás gastos, además de los motivos de los mismos.

 

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El TS vuelve a derrotar a Caixabank por productos tóxicos.

#CompartirConocimiento

Autor: Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández, Abogado miembro de Legal Touch y Socio Director del bufete  Quercus- Superbia Jurídico.

En fecha de 3 de febrero de 2020, se ha vuelto a derrotar a Caixabank en una novísima sentencia dictada por el Tribunal Supremo, (Sala de lo Civil) con número 64/2020, recurso de casación 3034/2017 siendo ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena y letrado vencedor, el mismo que suscribe este trabajo, que actuó como abogado del consumidor y usuario titular de los bonos Aisa objeto del ligio, y que ha visto cómo la negativa de Caixabank a devolverle su inversión, ha sido rebatida por el Alto Tribunal.

El mismo abogado especialista en esta materia como firmante, ha vencido a Caixabank ante el Supremo en otras sentencias que a continuación vamos a reseñar y cuyos fundamentos y doctrina jurisprudencial creada hacen responsable final a Caixabank de todos y cada uno de los productos financieros tóxicos que comercialmente “colocó” Bankpyme a sus clientes, y entre otros los bonos AISA, los Bonos General Motors, Landsbansky y Kauthing, sin que esta lista sea exahustiva de todas las inversiones tóxicas que la entidad catalana, cuyo negocio bancario fue adquirido por Caixabank, comercializó durante las dos primeras décadas de este siglo.

“En fecha de 3 de febrero de 2020, se ha vuelto a derrotar a Caixabank”

Pero hagamos una descripción cronológica de la citada compra del negocio bancario de Caixabank a Bankpyme, a los efectos de fijar el contenido de este artículo creado en defensa de los derechos de los afectados por Bankpyme y Caixabank.

La compra del negocio bancario del Banco de la Pequeña y Mediana Empresa (Bankpyme) por parte de Caixabank, se fraguo en fecha de 29 de septiembre  de 2011, mediante la firma de un contrato privado que en fecha de 1 de diciembre de 2011 se elevó a escritura pública y siendo uno de los objetos del contrato la “compraventa de negocio bancario suscrito el 29 de septiembre de ese mismo año, por el que Bankpyme transmitió a Caixabank S.A.  «su negocio bancario como unidad económica» (cláusula primera), del citado contrato. En dicho contrato intervinieron también los tres accionistas de referencia de Bankpyme «únicamente a los efectos de comprometerse a votar a favor de los acuerdos de la Junta General de Bankpyme».

 

 

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